Abogado de divorcios en Barcelona
Si los cónyuges tienen vecindad civil catalana, se aplica el Código civil de Cataluña (libro segundo), con reglas propias sobre guarda, prestación compensatoria y régimen económico. Lo que decide la ley aplicable es la vecindad civil, no vivir en Barcelona (arts. 9.2 y 16 CC). Te ponemos en contacto con un abogado de un despacho colaborador.
Habla con un abogado →Abogados de divorcios en Barcelona: en qué pueden ayudarte
Cataluña tiene su propio Codi civil de Catalunya (Llibre segon), con particularidades importantes que el abogado del despacho colaborador tendrá en cuenta, sea de mutuo acuerdo o contencioso.
- Divorcio de mutuo acuerdo con conveni regulador.
- Divorcio contencioso cuando no hay acuerdo.
- Guarda compartida y régimen de relación con los hijos.
- Pensión de alimentos y prestación compensatoria.
- Uso de la vivienda y liquidación del régimen económico.
¿Dónde se tramita el divorcio en Barcelona?
Si el domicilio conyugal está en el partido judicial de Barcelona, ante la Sección de Familia, Infancia y Capacidad del Tribunal de Instancia de Barcelona, en la Ciutat de la Justícia (Gran Via de les Corts Catalanes, 111). Si es de mutuo acuerdo y sin hijos menores no emancipados ni hijos mayores con medidas de apoyo atribuidas a los progenitores, puede formalizarse ante notario. Te ponemos en contacto con abogados colaboradores para asuntos de Barcelona y de otros municipios de la provincia.
Particularidades del divorcio en Cataluña
En Cataluña el régimen económico por defecto es la separación de bienes (no gananciales), la ley favorece la guarda compartida y existe la figura de la compensación económica por razón del trabajo para el cónyuge que se dedicó a la familia. Todo ello cambia sustancialmente el resultado del divorcio respecto al Código Civil común. Además, la prestación compensatoria se pierde si no se pide en el primer proceso matrimonial o en el primer convenio regulador (art. 233-14.2 CCCat), y la compensación por razón de trabajo tiene como límite, en principio, la cuarta parte de la diferencia entre los incrementos patrimoniales de los cónyuges (art. 232-5.4 CCCat).
Preguntas frecuentes
¿Qué ley de familia se aplica en Barcelona?
El derecho civil catalán (Codi civil de Catalunya, Llibre segon), con reglas propias sobre custodia, pensiones y régimen económico, distintas del Código Civil común.
¿Cómo funciona el régimen económico en Cataluña?
Si el derecho catalán es aplicable por vecindad civil y no hay capitulaciones, rige la separación de bienes (art. 231-10.2 CCCat). Quien haya trabajado para la casa sustancialmente más que el otro, o para el otro sin retribución o con retribución insuficiente, puede tener derecho a una compensación económica si el otro ha tenido un incremento patrimonial superior (art. 232-5 CCCat).
¿La custodia compartida es la norma en Cataluña?
Sin acuerdo, el juez decide ateniéndose al carácter conjunto de las responsabilidades parentales, aunque puede fijar una guarda individual si conviene más al interés del hijo (arts. 233-8.1 y 233-10.2 CCCat). Cada progenitor debe presentar su propuesta de plan de parentalidad (art. 233-8.2 CCCat).
¿Dónde se tramita el divorcio en Barcelona?
Ante la Sección de Familia, Infancia y Capacidad del Tribunal de Instancia de Barcelona, en la Ciutat de la Justícia, si el domicilio conyugal está en ese partido judicial. Si es de mutuo acuerdo y sin hijos menores no emancipados ni hijos mayores con medidas de apoyo atribuidas a los progenitores, puede hacerse ante notario.
¿Puedo pedir contacto si vivo en el área metropolitana de Barcelona?
Sí: te ponemos en contacto con un abogado de un despacho colaborador para asuntos de Barcelona, L'Hospitalet, Badalona, Sabadell, Terrassa, Mataró y otros municipios de la provincia.