Despido Improcedente

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Despido improcedente

Un despido puede ser declarado improcedente cuando la empresa no acredita la causa alegada o cuando no cumple los requisitos formales exigibles. En estos casos, puede corresponder una indemnización superior, la readmisión o la corrección de cantidades pendientes (finiquito, salarios, vacaciones). Como los plazos son breves (habitualmente 20 días hábiles), conviene revisar la carta y la documentación cuanto antes.

Carta y forma Prueba y causa Indemnización Plazos

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Nota: en despidos, el plazo general de impugnación suele ser de 20 días hábiles desde la fecha de efectos. Si hay dudas, conviene revisar la notificación cuanto antes.

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Qué documentación conviene revisar

Para valorar con rigor si un despido puede ser declarado improcedente, resulta imprescindible el análisis de la documentación laboral relevante. Entre los documentos de mayor trascendencia se encuentran habitualmente:

El examen conjunto de esta documentación permite identificar defectos formales, inconsistencias en la causa alegada y la posible existencia de cantidades adicionales reclamables.

Cómo reclamar un despido improcedente

Ante la posibilidad de impugnar el despido, el trabajador debe actuar con diligencia dentro de los plazos legalmente establecidos. El procedimiento habitual comprende las siguientes fases.

Revisión inicial del despido

La primera actuación consiste en el análisis técnico de la carta de despido y de la situación laboral del trabajador, con el objeto de determinar si concurren motivos suficientes para sostener la impugnación.

Papeleta de conciliación

Con carácter previo a la interposición de la demanda, es preceptiva la presentación de la papeleta de conciliación ante el servicio administrativo competente, fase en la que se intenta alcanzar un acuerdo con la empresa.

Demanda judicial

De no producirse avenencia en conciliación, se interpone la demanda ante el Juzgado de lo Social competente, correspondiendo al órgano judicial determinar la calificación del despido como procedente, improcedente o nulo.

Plazo para impugnar un despido improcedente

El plazo general de caducidad para la impugnación del despido es de 20 días hábiles contados desde la fecha de efectos de la extinción, excluidos sábados, domingos y festivos.

Se trata de un plazo de caducidad de especial relevancia. Su transcurso sin ejercicio de la acción determina la pérdida del derecho a impugnar judicialmente el despido. Por ello, ante cualquier situación de extinción contractual, resulta imprescindible revisar la documentación con la mayor celeridad posible.

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Errores frecuentes de la empresa

Un número significativo de despidos improcedentes tiene su origen en deficiencias en la actuación empresarial. Entre los errores más habituales se encuentran:

no entregar carta de despido redactar la carta en términos excesivamente genéricos omitir la concreción de hechos y fechas relevantes invocar causas que posteriormente no pueden ser acreditadas sancionar con despido hechos que no revisten la gravedad exigible incumplir las formalidades legalmente establecidas fundamentar de forma insuficiente un despido objetivo calcular incorrectamente la indemnización o la liquidación del finiquito

Aun cuando algunos de estos defectos pudieran parecer de escasa entidad, pueden resultar determinantes para la declaración de improcedencia del despido.

Qué puede reclamarse además de la improcedencia

De forma acumulada a la acción de impugnación del despido, pueden reclamarse otras cantidades derivadas de la relación laboral pendientes de abono, entre las que cabe mencionar:

finiquito incorrectamente liquidado vacaciones devengadas y no compensadas pagas extraordinarias pendientes de pago salarios impagados otros conceptos salariales adeudados

Por ello, el análisis jurídico no debe circunscribirse a la validez del despido, sino abarcar la totalidad de la situación laboral del trabajador.

Preguntas frecuentes sobre despido improcedente

Sí. El despido disciplinario puede ser declarado improcedente cuando la empresa no acredita los hechos imputados, estos no revisten la gravedad legalmente exigible o no se observan las formalidades procedimentales establecidas.

También. Cuando la empresa no acredita de forma suficiente las causas objetivas alegadas o incumple el procedimiento legalmente previsto, el despido puede ser declarado improcedente.

La firma del finiquito no produce automáticamente efecto liberatorio pleno. En numerosos supuestos es posible impugnar el despido y cuestionar asimismo la corrección del finiquito suscrito.

El despido verbal es susceptible de impugnación y genera serias dificultades para la empresa, dado que la normativa laboral exige que la comunicación extintiva se formalice por escrito.

No necesariamente. Un número relevante de conflictos laborales se resuelve en la fase de conciliación o mediante acuerdo transaccional previo a la celebración del juicio oral. No obstante, resulta conveniente preparar el asunto con rigor técnico desde el inicio del procedimiento.

Defiende tus derechos ante un despido improcedente

El despido improcedente se produce cuando la empresa no puede sostener jurídicamente la decisión extintiva, bien por insuficiencia de la causa alegada, bien por incumplimiento de las exigencias formales legalmente establecidas. No se trata únicamente de la percepción subjetiva del trabajador sobre la injusticia del cese, sino de que la decisión empresarial no supere el control de legalidad.

Por ello, ante cualquier extinción contractual, resulta imprescindible revisar de inmediato la carta de despido, la documentación laboral y las circunstancias concretas del caso. La diferencia entre ejercitar la acción dentro del plazo o dejar transcurrir el mismo puede ser determinante para obtener la indemnización que legalmente corresponde o para defender con garantías los derechos del trabajador.

El plazo para impugnar es de 20 días hábiles. Cuanto antes se analice su situación, mayores serán las posibilidades de articular una defensa jurídicamente sólida y eficaz.

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