Custodia compartida

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Custodia compartida: cómo conseguirla y qué implica

Te ayudamos a solicitar o defender la custodia compartida en divorcio o separación. Desde la STS de 2013, es régimen preferente salvo motivos sólidos en contra.

Diseñamos plan de coparentalidad realista, calculamos pensión compensatoria si procede y aportamos prueba sólida para el Equipo Psicosocial. Estudio gratuito.

Qué es la custodia compartida

Régimen de guarda y custodia donde ambos progenitores tienen al menor de forma alterna durante periodos significativos. Art. 92 CC, consolidada por STS desde 2013.

No implica reparto 50-50 estricto: puede ser semanal, quincenal o adaptada a edad del menor y disponibilidad de los progenitores.

Requisitos para que se conceda

El juez valora múltiples factores. Carga probatoria recae en quien la solicita si hay oposición.

Cooperación entre progenitores

El factor más importante. Si hay relación conflictiva grave (violencia, denuncias, comunicación rota), el juez puede denegarla.

Proximidad geográfica

Las dos viviendas deben permitir mantener rutina (colegio, médicos, actividades). Distancias >50-100 km suelen ser obstáculo.

Disponibilidad laboral

Horarios compatibles con cuidado durante el periodo de custodia. Turnos rotativos o viajes constantes dificultan, salvo apoyo familiar.

Interés superior del menor

Criterio rector. Opinión del menor (desde ~12 años), informe Psicosocial, arraigo del menor con cada progenitor.

Cómo te ayudamos paso a paso

La estrategia para conseguir custodia compartida con oposición requiere preparación detallada.

  1. Análisis previo: relación, situación laboral, vivienda, vínculo con menor.
  2. Diseño de plan de coparentalidad: calendario, transiciones, comunicación, gestión gastos.
  3. Recopilación de prueba: testimonios, fotos, agendas escolares, mensajes que acrediten implicación.
  4. Negociación inicial con el otro progenitor para convenio regulador.
  5. Si no hay acuerdo: demanda con propuesta razonada y prueba documental.
  6. Asistencia a juicio + entrevista con Equipo Psicosocial + escucha del menor si procede.

Pensión y gastos con custodia compartida

Mito: la custodia compartida elimina la pensión. Falso. Si hay desequilibrio económico, se fija pensión compensatoria.

  • Cada progenitor cubre gastos cuando tenga al menor (alimentación, transporte, ocio)
  • Gastos fijos compartidos 50/50 o proporcional: colegio, ropa, médico, libros
  • Pensión compensatoria del más al menos solvente si hay diferencia
  • Cuenta común para gastos del menor (modalidad recomendable)
  • Vivienda familiar: rotación, venta y reparto, asignación con compensación
  • Régimen de visitas adicional si custodia se inclina (60-40, 70-30)

Cuándo se deniega

Aunque sea preferente, hay situaciones de denegación.

⏱ Violencia de género: Procedimiento penal en curso o condena al otro progenitor. Causa automática de denegación (LO 1/2004).
⏱ Conflictividad grave: Denuncias cruzadas, incumplimientos reiterados, falta total de comunicación operativa.
⏱ Distancia geográfica: Reside lejos del centro escolar del menor sin posibilidad razonable de coordinación.
⏱ Indisponibilidad laboral: Turnos sin apoyo familiar, viajes muy frecuentes, jornadas incompatibles.
⏱ Bebés y lactantes: El juez tiende a custodia para la madre por lactancia o vínculo de apego primario.

Preguntas frecuentes sobre custodia compartida

¿Tengo derecho automático a custodia compartida?

No automático, pero sí preferente desde la STS 2013. El juez debe motivar específicamente por qué la deniega. Carga probatoria del régimen alternativo recae en quien se oponga.

¿Cómo se reparten los tiempos?

Habitual: semanal o quincenal alterna. Para menores de 3 años más fraccionado. Lo importante: respetar rutinas y estabilidad emocional. Se acuerda en convenio o lo fija el juez.

¿Tengo que pagar pensión con custodia compartida?

Depende. Si ingresos similares y gastos equitativos: puede no haber pensión. Si hay desequilibrio salarial: compensación para igualar nivel de vida del menor en ambas casas.

¿Qué pasa con la vivienda familiar?

Opciones: rotación 'birdnesting' (los padres rotan, el menor permanece), atribución a uno con compensación económica, o venta y reparto.

¿Puede el menor opinar?

Sí. Desde los 12 años el juez debe escucharle. Antes, si aprecia madurez. Su opinión es factor más, no decisivo. Criterio rector: interés superior, no la voluntad.

¿Cuánto cuesta un abogado para conseguir la custodia?

Estudio inicial gratuito y sin compromiso. Procesos contenciosos: presupuesto cerrado tras análisis. Mutuo acuerdo: tarifas más asequibles. Justicia gratuita disponible si cumples requisitos económicos.

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